Tras presentar hace unos días la primera parte de la campaña de comunicación sobre el Nuevo Reglamento 461/2010, el Grupo Serca Automoción presenta ahora la segunda parte de dicha campaña, la cual va dirigida al usuario final.
Está previsto distribuir 600.000 ejemplares de un tríptico informativo entre los aproximadamente 9.000 talleres clientes de los socios del Grupo, que los talleres deberán entregar a sus clientes, los usuarios finales; aprovechando justo ahora que muchos de ellos acuden a realizar una revisión de mantenimiento previa a las vacaciones de verano.
En dicho tríptico se destacan las dos ventajas más importantes que la nueva normativa tiene para el conductor: que “no se pierde la garantía del vehículo por hacer el mantenimiento, según establece el constructor en el libro de mantenimiento, fuera de los servicios oficiales de la marca” y que “no se pierde la garantía del vehículo por hacer reparaciones fuera de los talleres oficiales no cubiertas por la garantía (rotura de faros, golpes de chapa, etc.”).
Con el objetivo de despajar todas dudas al respecto tanto de muchos profesionales como de la mayoría de conductores, un tercer mensaje recuerda que “las reparaciones por defecto de fabricación y con el vehículo en garantía se harán donde indique el constructor del coche”, consecuencia lógica de que el espíritu normativo al respecto se basa en que “el que paga, manda”.
Siguiendo con la imagen utilizada en la campaña de comunicación del para entonces Nuevo Reglamento 1400/2002 y que Serca desarrolló en el año 2007, en el interior del tríptico se reproduce una conversación en la que se plantean posibles dudas de un cliente a su mecánico de confianza.
En ella se aclara que “se puede realizar el mantenimiento exigido por el constructor en cualquier taller, siempre que ese taller haya respetado las especificaciones y operaciones definidas por el constructor para cada revisión periódica” y que el taller “puede y debe” sellar el libro de mantenimiento “para que el cliente siga cubierto por la garantía del constructor aunque no haya pasado la revisión en el concesionario de la marca del vehículo”.
También se aclara que si hay que realizar una reparación en garantía, en ese caso (“sólo en ese caso”) es el constructor del vehículo el que decide dónde debe repararse, ya que el coste de dicha reparación lo asumirá la marca y “el que paga, manda”.